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nacimientos ocurridos en Chile deben inscribirse en la Oficina de
Registro Civil e Identificación que corresponda a la Circunscripción
(territorio) donde se produjo el parto.
Quien solicite la Inscripción (padre, madre u otra persona)
debe ir a dicha Oficina con los documentos que más adelante
se señalan para los distintos casos e informar al o la Oficial
Civil los datos personales de los padres. No es necesaria la presencia
del niño o niña que se inscribe para pedir la Inscripción.
Si existen dificultades para inscribir el nacimiento en la Oficina
que corresponde, podrá efectuarse en otra, por medio de una
solicitud escrita, remitida al o la Oficial Civil.
Efectuada la Inscripción, se extiende un Certificado de Nacimiento,
documento que prueba el estado civil de una persona, de acuerdo
con la legislación chilena. En la Inscripción también
se asigna el Rol Único Nacional (RUN), número que
será el de su Cédula de Identidad, cuando la solicite,
y que la identificará en múltiples actos jurídicos
y administrativos a través de su vida.
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