wNacimientos
Aspectos Generales
 
Los nacimientos ocurridos en Chile deben inscribirse en la Oficina de Registro Civil e Identificación que corresponda a la Circunscripción (territorio) donde se produjo el parto.

Quien solicite la Inscripción (padre, madre u otra persona) debe ir a dicha Oficina con los documentos que más adelante se señalan para los distintos casos e informar al o la Oficial Civil los datos personales de los padres. No es necesaria la presencia del niño o niña que se inscribe para pedir la Inscripción.

Si existen dificultades para inscribir el nacimiento en la Oficina que corresponde, podrá efectuarse en otra, por medio de una solicitud escrita, remitida al o la Oficial Civil.

Efectuada la Inscripción, se extiende un Certificado de Nacimiento, documento que prueba el estado civil de una persona, de acuerdo con la legislación chilena. En la Inscripción también se asigna el Rol Único Nacional (RUN), número que será el de su Cédula de Identidad, cuando la solicite, y que la identificará en múltiples actos jurídicos y administrativos a través de su vida.